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jueves, 17 de julio de 2025

Argentina expulsa a uruguayo con 3 hijos nacidos en el país en violación de la ley vigente

 El Gobierno argentino expulsó este miércoles a un ciudadano afrouruguayo residente en el país por una condena de un año y seis meses de prisión de 2021 pese a que tiene tres hijos menores nacidos en la nación sudamericana y aunque la ley estipula que la expulsión solo puede producirse con penas que alcancen los tres años de cárcel.

"Es el primer caso, del que tomamos conocimiento, de una expulsión que habilitó la separación de un padre de sus tres hijos argentinos", sostuvo durante una entrevista con este medio el director del área de Litigio y Defensa Legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Diego Morales.

Pedro Martínez Piedraíta, casado con una argentina y padre de tres hijos menores de edad, de 6, 15 y 16 años, fue expulsado del país a las 03.00 de la madrugada este miércoles, tras haber descubierto el viernes, cuando fue a renovar ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) la residencia precaria que tenía (un permiso temporal que otorga el Estado mientras se tramita el DNI temporario o definitivo), que había una orden de expulsión en su contra.

Este ciudadano, de 60 años, fue detenido en ese mismo momento, y tuvo que esperar al lunes para ponerse en contacto con una abogada e intentar frenar su expulsión, decretada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 12 a partir de un decreto de Migraciones de marzo de 2023 que prohibió además su reingreso al país de manera permanente.

Con 19 años de residencia en Argentina, Martínez Piedraíta ya había cumplido su pena excarcelable de un año y seis meses de prisión por el delito de violación de domicilio, amenazas reiteradas y desobediencia reiteradas, "un antecedente que no es el que establece la ley como impedimento u obstáculo para residir en Argentina", aclaró Morales.

El presidente Javier Milei promulgó el 29 de mayo un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que modificó la Ley de Migraciones N° 25.871, pero ni siquiera esa normativa ampara la expulsión de Piedraíta, afirmó el director del CELS, un organismo de derechos humanos reconocido en Argentina.

"Incluso con la modificación de la ley con el DNU, lo que te impide quedarte en Argentina es si tienes antecedentes o condenas vinculadas a penas mayores de tres años de cárcel", ratificó el abogado.

El DNU 366 firmado por Milei y el resto de ministros de su gabinete sí tiene un impacto en la expulsión de este uruguayo al haber modificado el artículo 70 del régimen migratorio vigente, de manera tal que antes, "si alguien era retenido para ser expulsado y acreditaba que tenía hijos argentinos, la DNM debía liberarlo, pero ahora, el decreto dice 'podrá'", precisó Morales.

La legislación argentina, en cualquier caso, no permite la expulsión de un ciudadano extranjero por una pena de prisión menor a los tres años, y además obliga a Migraciones a constatar la paternidad de hijos argentinos que alegue un extranjero, hecho que no ocurrió con Martínez Piedraíta.

"Se trata de una aplicación ilegal de la Ley de Migraciones y una falta de consideración a la situación familiar de Juan", ratificó el titular del área de Litigio y Defensa Legal.

DECRETO CUESTIONADO

Más de 150 organizaciones argentinas, entre instituciones académicas y de investigación, centros vinculados a universidades, entidades de derechos humanos y redes relacionadas con migrantes, denunciaron el carácter xenófobo del DNU 366 del Gobierno de Milei, por considerar que restringe derechos garantizados por la Constitución.

El decreto, que endurece los requisitos de permanencia y amplía las condiciones de deportación, también impide el ingreso al país de cualquier extranjero que haya cometido delitos y obliga a los residentes transitorios y temporales a pagar por los servicios de salud.

Además endurece los requisitos para quienes soliciten la nacionalidad o la residencia permanente, para cuya obtención se establece como condición que el demandante permanezca en el país de manera continuada, sin poder salir de Argentina durante dos años.

A casi dos meses de la promulgación del DNU, a la espera de que la comisión bicameral permanente del Congreso se pronuncie sobre su validez, el decreto sí asegura la ciudadanía a los extranjeros "que realicen una inversión relevante en el país".

A lo largo de su historia, Argentina ha sido un país abierto a la inmigración y ha impulsado políticas migratorias tendientes a favorecer el ingreso de extranjeros, tanto europeos como sudamericanos, sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XX. 


* Artículo publicado en la Agencia Sputnik el 16 de julio de 2025.

miércoles, 1 de febrero de 2017

ANÁLISIS - Decreto de Gobierno argentino permite expulsar a extranjeros por cualquier delito

Con el decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente de Argentina, Mauricio Macri, todos los extranjeros vinculados a una investigación criminal pueden ser expulsados del país aunque el delito sea menor, confirmaron el martes a Sputnik Nóvosti un experto y un funcionario del Gobierno.

 

"La cantidad de personas que pueden estar sometidas a una expulsión se amplía enormemente", señaló a esta agencia Diego Morales, integrante del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El decreto de necesidad y urgencia, firmado el lunes, señala que "serán causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional (...) haber sido condenado o estar cumpliendo condena, o tener antecedentes o condena no firme en la República Argentina o en el exterior, por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad".

Por "leyes argentinas", el Gobierno abre el abanico no sólo para incluir los delitos contemplados en el Código Penal, sino también de los códigos contravencionales que establece cada jurisdicción.

Es decir, que "delitos vinculados a la vida cotidiana, como la venta en la vía pública o la resistencia a la autoridad, pueden dar lugar al comienzo de un juicio para averiguar si hubo delitos o no", añadió Morales, director del área de Litigio y Defensa Legal del CELS.

La Ley de Migraciones sancionada por el Congreso en 2003, y que ahora ha modificado el presidente Macri, consignaba el retiro de la residencia y la expulsión de los extranjeros que cometieran delitos penados con más de cinco años de cárcel, o que bien hubieran incurrido en el tráfico de estupefacientes, el tráfico de personas o el lavado de dinero.

Por otro lado, prohibía el ingreso al país de los extranjeros que hubieran sido condenados a más de tres años de cárcel.

La anterior normativa "también habilitaba a que se pudiera expulsar a alguien sin una condena, con un autoprocesamiento", observó Morales.

MÁS MODIFICACIONES

Otro de los cambios sustanciales en la política migratoria de Argentina es el que agiliza los trámites para las órdenes de expulsión se prolonguen hasta un máximo de dos meses, señaló a Sputnik Nóvosti el subdirector de Migraciones, Julián Curi.

"El mecanismo administrativo y judicial para expulsar a una persona condenada duraba 400 días hábiles, y ese plazo se puede extender hasta casi cinco, ocho años", indicó el funcionario.

De este modo, se hacía "inmaterial practicar la expulsión de estas personas", agregó Curi, como demuestra el hecho de que sólo 100 extranjeros fueron expulsados en la última década.

Por otro lado, la legislación anterior concedía al Poder Judicial la potestad para expulsar o no a un extranjero de acuerdo a las directrices que aportaba la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior.

Migraciones sí tenía la autoridad de retirar la residencia y expulsar a los inmigrantes con penas privativas de libertad de cinco años o más.

Ahora es el Poder Ejecutivo, en términos generales, el que tiene la última palabra a través de las autoridades migratorias; por eso el Gobierno ha podido acortar los plazos recursivos para expulsar a una persona.

"El problema es que los plazos establecidos por ley eran kafkianos, no logran el objetivo de la ley que es expulsar a las personas", indicó el subdirector de Migraciones.

DISTORSIÓN DE DATOS

Para justificar su decreto, el Gobierno señalaba que los extranjeros representaban el 21,35 por ciento de la población alojada en las prisiones federales, que alberga a 10. 521 personas, mientras que los inmigrantes residiendo en el país constituyen en total el 4,5 por ciento de los habitantes.

El decreto de necesidad y urgencia omite que el porcentaje de personas extranjeras en todas las unidades penitenciarias del país, que alberga a 71.464 presos, es del seis por ciento, según datos del Ministerio de Justicia.

Por otro lado, sólo el 11,2 por ciento de la población carcelaria está vinculada con la infracción a la Ley de Estupefaciente, de los cuales, un 18 por ciento son extranjeros, frente a un 82 por ciento de argentinos.

"No hay un problema grave de narcotráfico vinculado a los extranjeros, de hecho los números son similares a los de otros países", afirmó el director de Litigio del CELS.

A modo de ejemplo, "de la cantidad de argentinos presos en el extranjero, más del 50 por ciento lo están por el delito de tráfico de estupefacientes", señaló.

"¿Alguien va a decir que los argentinos en general cometen delitos de narcotráfico?", añadió Morales.

Los delitos vinculados al narcotráfico, por último, suelen incidir en el eslabón más débil, "como las denominadas mulas, o en el tráfico transfronterizo donde intervienen personas de paso", y no necesariamente migrantes, concluyó el investigador.

La anterior Ley de Migraciones ya contemplaba la expulsión de los extranjeros asociados a este tipo de delitos.


* Análisis publicado por la agencia de noticias Sputnik.

lunes, 30 de enero de 2017

Gobierno argentino endurece la Ley de Migraciones por decreto

El Gobierno de Argentina modificó este lunes a través de un decreto de necesidad y urgencia la Ley de Migraciones para restringir el ingreso y acelerar la deportación de extranjeros con condenas privativas de libertad o con antecedentes penales.



"Serán causas impedientes del ingreso y permanencia de extranjeros en territorio nacional (...) haber sido condenado o estar cumpliendo condena, o tener antecedentes o condena no firme en la República Argentina o en el exterior, por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad", señala el decreto publicado en el Boletín Oficial.

Al margen del tiempo que lleve un inmigrante residiendo en el país, podrá ser expulsado de Argentina si comete cualquier delito contemplado en el Código Penal o en los códigos contravencionales de cada provincia que conlleve pena de prisión.

Por añadidura, cualquier sentencia condenatoria en firme "operará automáticamente cancelando la residencia cualquiera fuese su antigüedad, categoría o causa de la admisión, y llevará implícita la expulsión", establece el decreto firmado por el presidente Mauricio Macri.

Hasta la actual reforma, era el Poder Judicial el que determinaba las expulsiones de extranjeros, mientras que a partir de ahora dependerá del Poder Ejecutivo a través de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

"El Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal deberán notificar a la Dirección Nacional de Migraciones de todo auto de procesamiento firme, cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable y de toda condena por delito penal dictada contra un extranjero en el plazo de cinco (5) días hábiles de producido", subrayó el decreto.

Por razones humanitarias o de reunificación familiar, Migraciones podrá detener la expulsión de los extranjeros cuya pena privativa de la libertad no exceda de los tres años de prisión, de acuerdo al DNU.

El Estado "ha enfrentado severas dificultades" para hacer efectivas las órdenes de expulsión dictadas contra extranjeros como consecuencia de los trámites procesales que "en algunos casos, puede llegar a siete años de tramitación", señalan los considerandos.

CIFRAS

El 21,35 por ciento de la población carcelaria del Servicio Penitenciario Federal (SPF) es extranjera, destacó el Gobierno en su decreto.

En delitos relacionados con el narcotráfico, y siempre dentro del ámbito federal, el 33 por ciento de las personas con privación de libertad provienen de otros países.

Para remarcar el alto índice de criminalidad, el Ejecutivo añadió que el 4,5 por ciento de la población de Argentina es extranjera, según el último censo nacional.

El SPF aloja en todo el país a 10.521 presos, mientras que si se tienen en cuenta todas las unidades penitenciarias, el número de detenidos asciende a 71.464 personas, según estadísticas del Ministerio de Justicia actualizadas al 31 de diciembre de 2015.

La violación de la Ley de Estupefacientes 23.737, que conlleva penas de prisión de entre tres y seis años, constituye la tercera causa de encarcelamiento en el país, por detrás de los delitos de robos y homicidios dolosos.

Los infractores a la ley de drogas representan el 11,2 por ciento de toda la población penitenciaria; el 82 por ciento son argentinos y el resto extranjeros, de acuerdo al informe Infracción a la ley de drogas y problemáticas asociadas del Ministerio elaborado en 2015.

Este estudio añade un dato significativo: el 85 por ciento de los ecuatorianos (11 personas), el 80 por ciento de los sudafricanos (8), y el 55 por ciento de los españoles (18) privados de libertad en Argentina están por vulnerar esta normativa.

La ministra argentina de Seguridad, Patricia Bullrich, aseguró hace unos días que había que "ordenar" la inmigración de Perú, Paraguay y Bolivia por su vinculación con el narcotráfico.

El Ministerio de Justicia constata que hay 454 paraguayos con penas privativas de libertad por infringir la Ley de Estupefacientes (el 32 por ciento del total), 301 peruanos (39 por ciento) y 295 bolivianos (40 por ciento).

En total, son 1.425 los extranjeros detenidos por este motivo, mientras que si se añaden los argentinos, la cifra asciende a 8.001 de acuerdo al informe de Infracción a la ley de drogas, u 8.193 según el Sistema Nacional de Estadística de Ejecución de la Pena (Sneep), también del Ministerio de Justicia.

De los detenidos por supuestamente violar la Ley de Estupefacientes, sólo uno de cada tres tiene condena.

 
* Artículo publicado en la agencia Sputnik el 30 de enero de 2017.

viernes, 20 de enero de 2017

Argentina endurecerá requisitos para otorgar residencia a extranjeros

El Gobierno argentino modificará la Ley de Migraciones para retirar la residencia y expulsar del país a los extranjeros que hayan sido condenados a más de tres años de prisión, anunció a Sputnik el subdirector de la Dirección Nacional de Migraciones, Julián Curi.

 

Alguien que cometa un delito con penas privativas de la libertad superiores a tres años no podrá pedir la dispensación (para residir en el país), de acuerdo a lo que estamos planteando", señaló Curi.

La legislación actual establece que un extranjero pierde el derecho de permanecer en Argentina si es condenado a más de cinco años de cárcel.
En base a la normativa vigente, "no podemos retirar la residencia a un extranjero que comete un delito que conlleva una pena de cuatro años, como un abuso sexual simple", ejemplificó el funcionario.

Al mismo tiempo, la Ley de Migraciones indica en su artículo 29 que no puede ingresar al país un extranjero que tenga antecedentes penales o haya sido condenado por delitos que bajo la legislación argentina conlleven penas privativas de libertad de tres años o más.

"Si supiéramos que ese delito (por ejemplo, abuso sexual simple) se cometió en el país de origen, el extranjero condenado no podría obtener la residencia ni ingresar a Argentina", señaló Curi.

Con la reforma que plantea, el Gobierno de Mauricio Macri pretende equiparar las causales que impedirían el ingreso al país de un extranjero con las que conllevan la retirada de la residencia.

En caso de que un extranjero haya recibido una pena de cárcel menor a tres años, "establecemos que el director nacional de Migraciones puede dispensarlos", informó el subdirector.
Agilizar expulsiones

En los últimos 10 años se otorgaron 2,5 millones de residencias a extranjeros en un país en el que habitan más de 40 millones de personas, según el último censo oficial de 2010, indican las estadísticas de la Dirección Nacional de Migraciones.

Consultado sobre el número de solicitudes de residencias rechazadas en ese mismo lapso, el subdirector comentó que ese tipo de datos no se manejan porque "no es relevante para nuestros estudios".

También durante la última década, la administración comenzó a tramitar 15.000 disposiciones de expulsión, pero se ejecutaron aproximadamente 100.

"El mecanismo administrativo y judicial para expulsar a una persona condenada dura 400 días hábiles, y ese plazo se puede extender hasta casi cinco u ocho años", detalló Curi, de modo que "se hace inmaterial practicar la expulsión de estas personas".

Algunos casos de narcotráfico, de hecho, "han corrido por esta vía", agregó.

A través de la condición de "extrañamiento" que estipula la Ley de Migraciones en su artículo 64, un extranjero en prisión puede salir de Argentina a partir de la mitad de su condena si tiene orden de expulsión firme y consiente en ella.
Por la vía administrativa, cualquier persona con una orden de expulsión puede presentar un recurso de consideración en primer lugar, después un recurso de alzada, y por último un recurso extraordinario.

Si el trámite de expulsión continúa, comienza por vía judicial el proceso de prueba que se puede alargar unos dos años; ya con sentencia, la persona puede apelar primero a la Cámara de Apelaciones y después recurrir a la Corte Suprema de Justicia.

"El problema es que los plazos establecidos por ley son kafkianos, no logran el objetivo de la ley que es expulsar a las personas", insistió el subdirector.
La modificación de la Ley de Migraciones pretende acortar, por ello, los plazos recursivos.

El Gobierno agilizará así los mecanismos para que los trámites de expulsiones se prolonguen por un máximo de dos meses.

"Una persona condenada por cualquier delito que conlleve pena de prisión es plausible de ser expulsada", afirmó Curi.

Hasta ahora, los inmigrantes con penas menores por delitos de narcotráfico "tampoco están contemplados en la escala penal para ser expulsados, lo que nos parece injusto", añadió.

La modificación de la Ley de Migraciones que impulsa el Ejecutivo se haría por decreto reglamentario y no a través del Congreso, un asunto "que no tratamos nosotros porque es un resorte del Poder Ejecutivo", zanjó el subdirector de Migraciones.

Para profundizar los controles, el Gobierno ha conseguido acceso en tiempo real a las bases de datos de Interpol, ha mejorado los sistemas informáticos y la infraestructura y ha asignado más agentes durante esta temporada de verano austral a la supervisión de las fronteras.Entre 2011 y 2015, el Estado argentino concedió 646.524 radicaciones temporales y 632.440 permanentes, mientras en el primer cuatrimestre de 2016 se aceptaron 50.281 radicaciones temporarias y 35.776 permanentes.

Por nacionalidades, los paraguayos lideran el listado de las radicaciones permanentes y temporarias concedidas, seguidos por los bolivianos y los peruanos.

El cuatro por ciento de la población penitenciaria de Argentina, compuesta por 71.464 personas, es extranjera, según el último informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena, publicado en 2015 por el Ministerio de Justicia.

El porcentaje es similar al de la población inmigrante que tiene este país, que representa 4,5% de todos los habitantes, de acuerdo al censo de 2010.


 * Artículo publicado en la agencia Sputnik Nóvosti el 19 de enero de 2017

 

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